¿Qué es el Calendario Laboral 2019?

Publicado en Autónomos, Pymes, Trabajadores por el 22 noviembre, 2018 0 Comentarios

Como ya hiciéramos el año pasado por estas fechas, traemos a nuestro blog el calendario laboral para el próximo año. Aprovechamos para recordar cuales son las características de las fiestas recogidas en el calendario, tal como indica la Guía Laboral que elabora el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

El Calendario Laboral es un documento en el que se establecen anualmente los días de trabajo y los días festivos.

La Guía Laboral  en el título VI, punto 14.2 indica que anualmente la empresa, tras consulta y previo informe de los representantes de los trabajadores, elaborará un calendario laboral que comprenderá el horario de trabajo y la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas, y otros días inhábiles, teniendo en cuenta la jornada máxima legal o, en su caso, la pactada.

El calendario tiene que estar de acuerdo con la regulación que anualmente efectúa el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables y los establecidos por cada Comunidad Autónoma y por los Ayuntamientos correspondientes, siendo catorce días la totalidad de éstos.

Asimismo, indica que el calendario deberá exponerse en sitio visible en cada centro de trabajo.

Las características de las fiestas recogidas en el calendario laboral son las siguientes:

  • Se fijan anualmente.
  • Tienen carácter retributivo y no recuperable.
  • No podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de Mayo como fiesta del Trabajo y 12 de Octubre como fiesta Nacional de España.
  • Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan en domingo.
  • Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes las previstas en el párrafo anterior.
  • Si alguna Comunidad Autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales, podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

El calendario laboral 2019 tiene 8 días festivos simultáneos en toda España de los 12 que hay en todas las Comunidades y a los que hay que añadir las dos fiestas locales que designa cada ayuntamiento.

Los ocho días festivos que coincidirán en toda España son:

  • 1 de enero, Año Nuevo (martes)
  • 19 de abril, Viernes Santo
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo (miércoles)
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen (jueves)
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España (sábado)
  • 1 de noviembre, Todos los Santos (viernes)
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española (viernes)
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor (miércoles)

El lunes 7 de enero será festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, Ceuta y Melilla. Igualmente, el lunes 9 de diciembre será festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Madrid, La Rioja y Melilla.

Por otro lado, en Semana Santa, el Jueves Santo (18 de abril), será festivo en todas las comunidades autónomas salvo en Cataluña y en Comunidad Valenciana, siendo fiesta el lunes 22 de abril. En Andalucía, Asturias, Canarias, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Ceuta y Melilla los días festivos irán de jueves 18 a domingo 21 de abril, mientras que los días festivos en Semana Santa irán de jueves 18 a lunes 22 de abril en Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra, País Vasco y La Rioja.

A continuación puedes acceder a través de estos enlaces a:

El Calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado, documento que sirve para ceñirse a los plazos señalados en la tramitación de los procedimientos administrativos, se publica anualmente en el Boletín Oficial del Estado, antes del comienzo de cada año. Una vez que esté publicado el correspondiente al año 2019, traeremos dicha información a este blog.

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