¿Qué es el cese de actividad de los trabajadores autónomos?

Publicado en Autónomos por el 18 mayo, 2018 0 Comentarios

cese actividad autónomo

En este post recogemos el concepto de cese de actividad de los trabajadores por cuenta ajena o autónomos y qué cubre esta prestación de la Seguridad Social. En las próximas semanas continuaremos tratando todo lo relacionado con esta prestación, también conocida como el paro de los autónomos. Desarrollaremos diferentes post realizando una serie en la que analizaremos distintas cuestiones como cuál es la situación legal de cese de actividad, qué requisitos son necesarios para poder acceder a la protección, dónde y cuándo se solicitan, duración de la prestación y cuantía, causas de extinción del derecho a la prestación e incompatibilidades entre otras.

Comenzamos definiendo el concepto de la prestación por cese de actividad y qué cubre.

La prestación de cese de actividad de los trabajadores autónomos es un sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo y estando incluidos en los niveles de protección en ella recogidos, hayan tenido que cesar en esa actividad, de manera involuntaria.

La protección por cese de actividad forma parte de la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social y es de carácter voluntario.

Pueden optar a ella todos los trabajadores autónomos afiliados a la Seguridad Social y en alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluidos los trabajadores por cuenta propia agrarios y en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

El cese de actividad tiene que ser total en la actividad económica o profesional que de forma habitual, personal y directa viniera desempeñando y siempre que hubiese dado lugar al encuadramiento obligatorio en uno de los regímenes citados.

La gestión de la prestación corresponde a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Los trabajadores que quieran ampliar esta cobertura para acogerse a la protección del cese de actividad tienen que hacerlo con la misma Mutua con la que tienen cubiertas las contingencias comunes, es decir, el accidente y la enfermedad común.

¿Qué cubre esta prestación?

El sistema de protección por cese de actividad comprende las prestaciones siguientes:

  • La prestación económica por cese total de la actividad.
  • El abono de la cotización de Seguridad Social por contingencias comunes al régimen correspondiente, durante la percepción de la prestación económica por cese de actividad.
  • El sistema de protección por cese de actividad comprenderá, además, medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora de los trabajadores autónomos beneficiarios del mismo, que correrán a cargo de los servicios públicos de empleo autonómicos (o del Instituto Social de la Marina en el caso de los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar)

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