Consulta el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado para el 2019

Publicado en Autónomos, Pymes, Trabajadores por el 11 diciembre, 2018 0 Comentarios

días inhábiles 2019

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 29 de noviembre, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos para el año 2019, a efectos de cómputo de plazos.

El calendario de días inhábiles es un documento que sirve para ceñirse a los plazos señalados en la tramitación de los procedimientos administrativos. Se elabora con sujeción al calendario laboral oficial, fijando en su respectivo ámbito (administración estatal, autonómica y local) los días inhábiles. Puedes acceder al post con la información referente al calendario laboral 2019 que publicábamos en días pasados, pinchando aquí

Son días inhábiles:

  • a. En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
  • b. En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • c. En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus
    correspondientes calendarios de días inhábiles.

A continuación, indicamos los días inhábiles a que se refieren los puntos a. y b.,  especificado por meses y por Comunidades Autónomas, para el año 2019.

Enero:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 7: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Canarias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

Febrero:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Marzo:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Día 19: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.

Abril:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 18: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 19: Inhábil en todo el territorio Nacional
  • Día 22: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón y en la Comunidad de Castilla y León.

Mayo:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
  • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Día 30: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Junio:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de la Región de Murcia y de La Rioja.
  • Día 20: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
  • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña y en la Comunitat Valenciana.

Julio:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco.

Agosto:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 12: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

Septiembre:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 2: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
  • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
  • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Octubre:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
  • Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Diciembre:

  • Todos los sábados y domingos del mes.
  • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Cantabria, de Extremadura, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 26: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Cataluña.

En la Comunidad Autónoma de Canarias, en las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera; el 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote: el 16 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora de los Dolores; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria».

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, en el territorio de Arán, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».

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