El Sistema RED incorpora el trámite para acceder a las medidas de apoyo en materia de Seguridad Social urgentes adoptadas para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo Thomas Cook

Publicado en Pymes por el 31 octubre, 2019 0 Comentarios

Como ya informáramos en días pasados en la revista digital de Ibermutua, con fecha 12 de octubre se publicó en el en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.

El objeto de este Real Decreto-ley es establecer medidas urgentes dirigidas al fortalecimiento y mejora de la competitividad del sector turístico español para paliar los efectos de la insolvencia de dicho grupo empresarial.

En el mes de marzo se aprobaba la bonificación prevista en el artículo 9 del Real Decreto-ley 8/2019, en el que las empresas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre de 2019 y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, pueden aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

A través del nuevo Real Decreto-ley 12/2019 se ha establecido en el Capítulo II, artículo 2, las medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística para empresas con centros de trabajo en las Comunidades Autónomas de Illes Balears y Canarias durante los meses de octubre y diciembre de 2019 y febrero y marzo de 2020.

A continuación ofrecemos un resumen de las medidas (puede acceder a la infografía aquí)

 

Trámite por Sistema RED

La pasada semana, el 25 de octubre, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social publicaba en el boletín de Noticias RED 6/2019 (Remisión Electrónica de Documentos)  que las actuaciones desde el ámbito de la afiliación para identificar estas situaciones se realiza a través de las Situaciones Adicionales de Afiliación (SAA) con valor «420» y con el mismo procedimiento que se utilizaba hasta ahora para las bonificaciones ya existentes de los meses de febrero, marzo y noviembre.

Con respecto al mes de octubre de 2019, el boletín de Noticas RED adelanta que en estos días se publicará un aviso en la página de la Seguridad Social para poder comunicar las SAA 420 de dicho mes. Asimismo, el plazo para comunicar esta situación con respecto al mes de octubre es hasta el penúltimo día del mes de noviembre. El resto de periodos se comunicarán con los plazos habituales.

Por último,  con respecto al ámbito de la cotización indica que en el Sistema de Liquidación Directa, los trabajadores identificados con la situación adicional 420 se les calculará automáticamente el importe de la bonificación.

Más información:

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