¿Conoces las actividades preventivas que desarrollamos las mutuas?

Publicado en Autónomos, Pymes, Trabajadores por el 31 julio, 2018 0 Comentarios

Las mutuas elaboramos anualmente, dentro de la acción protectora de la Seguridad Social, un plan de actividades preventivas dirigido a nuestras empresas asociadas y trabajadores autónomos adheridos, cuyo objetivo es contribuir de forma efectiva a la reducción de la siniestralidad laboral, en particular en aquellos sectores de actividad de mayor nivel de riesgo, fomentar la integración de la prevención en las empresas, desarrollar actuaciones de investigación y análisis en el marco de I+D+i y divulgar, educar y sensibilizar en prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para ello, debemos ajustarnos a los programas, actividades y prioridades determinadas, cada año, por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. En este post indicamos cuales son las actuaciones en actividades preventivas que desarrollamos las mutuas, que este año están reguladas por el Real Decreto 860/2018, publicado el 18 de julio en el BOE.

 

Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tenemos, entre nuestras funciones, la protección de los riesgos profesionales de los trabajadores, que abarca la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y la prevención de riesgos laborales y mejora de las condiciones de trabajo y salud en las empresas. Nuestra actuación en este ámbito comprende el desarrollo de actuaciones preventivas, dentro de la acción protectora de la Seguridad Social, orientadas a controlar y, en su caso, a reducir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, excepto las atribuidas a los Servicios de Prevención. Comprende también actividades de asesoramiento con el objetivo de adaptar los puestos de trabajo y estructuras para la recolocación de los trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional, así como actividades de investigación, desarrollo e innovación. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social aprueba esta norma que guía la acción de las mutuas . Aquí tienes el enlace a la norma correspondiente a 2018: Real Decreto 860/2018

Así, el objetivo de todas estas acciones no es otro que contribuir a la mejora de las condiciones laborales en nuestras empresas asociadas y a la implicación en la cultura social de la prevención, sin suponer la sustitución para empresas del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Para ello, elaboramos anualmente un plan de actividades preventivas, ajustándonos a los programas, actividades y prioridades determinadas por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

Actuaciones a desarrollar por las mutuas en la planificación de actividades preventivas

Según establece el Real Decreto 860/2018, las mutuas desarrollamos los siguientes programas de actividades preventivas:

  • Actividades de asesoramiento a las empresas asociadas y a los trabajadores autónomos adheridos:
    • Programas de asesoramiento técnico, prioritariamente, a pymes y empresas de sectores preferentes, que comprenderán la realización de visitas a las empresas de mayor nivel de riesgo.
    • Programas de asesoramiento a empresas o actividades concurrentes. En los centros de trabajo en los que concurran trabajadores de dos o más empresas, incluidos contratistas y subcontratistas, o trabajadores autónomos, que se encuentres asociadas o adheridos a una mutua, ésta deberá informar y asesorar a las empresas y a los trabajadores autónomos implicados sobre la aplicación de los medios de coordinación existentes para la prevención de los riesgos laborales. (Ver el Post Quién es quién en la Coordinación de Actividades Empresariales )
    • Programa de difusión del servicio «Prevención10.es», mediante la realización de jornadas entre las empresas asociadas de hasta 25 trabajadores y autónomos adheridos, para informarles sobre las funcionalidades que ofrece dicho servicio, que dispensa la acción protectora de la Seguridad Social, y mostrarles su utilización. Las mutuas podrán solicitar, para el desarrollo de esta actividad, la colaboración del Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo.
    • Programa de asesoramiento a pymes para la adaptación de puestos de trabajo y estructuras para la recolocación de trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional.
  • Actuaciones para el control y, en su caso, reducción de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de la Seguridad Social:
    • Programa para asesorar sobre el control de las causas de la incidencia de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
    • Programa de control y reducción de la alta siniestralidad en empresas, durante un período de entre uno y tres años, para actuar sobre el número de accidentes y su gravedad en los casos y sobre el colectivo que se determine en las normas de aplicación en atención a la siniestralidad.
  • Actividades de investigación, desarrollo e innovación para la reducción de las contingencias profesionales:
    • Elaboración de estudios y análisis sobre las causas de la siniestralidad laboral y difusión de las conclusiones y recomendaciones que se obtengan de los mismos para evitar incurrir en las situaciones que originan esa siniestralidad.
    • Colaboración con la Administración de la Seguridad Social en el mantenimiento del sistema de información, notificación y registro de enfermedades profesionales, así como en el desarrollo de programas de evaluación y puesta al día del listado de aquellas enfermedades.
    • Elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas para la gestión y mejora continua de la prevención en la empresa.

En ningún caso podrán las mutuas desarrollar directamente las funciones correspondientes a los servicios de prevención.

Destinatarios de las actividades a desarrollar por las mutuas

Los beneficiarios de las actividades para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son las empresas asociadas y sus trabajadores dependientes, así como los trabajadores por cuenta propia adheridos o autónomos que tengan cubiertas las contingencias citadas con la mutua.

Asimismo, pueden ser beneficiarios los trabajadores dependientes de las empresas que colaboren en la gestión, asumiendo directamente a su cargo el pago, de las prestaciones por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional y las prestaciones de asistencia sanitaria y recuperación profesional, incluido el subsidio consiguiente que corresponda durante la indicada situación.

Todas las actuaciones a desarrollar por las mutuas en la planificación de sus actividades preventivas se desarrollarán y ejecutarán teniendo en cuenta la perspectiva de género.

¿Cómo se financian las actividades preventivas realizadas por las mutuas?

Según establece el nuevo Real Decreto por el que se regulan las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Real Decreto 860/2018) para el desarrollo de estas actuaciones, las mutuas podemos destinar este año (en la ejecución de nuestro presupuesto anual) entre el 0,3 y el 1% por ciento de los ingresos por las cuotas cobradas relativas a las contingencias profesionales del último ejercicio liquidado previo al plan de actividades preventivas.

El pasado año, el límite máximo se encontraba en el 0,7% de los ingresos por cuotas en contingencias profesionales, por lo que en el ejercicio 2018, las mutuas podremos realizar un mayor número de acciones incluidas en nuestro plan anual de actividades preventivas, ya que podemos disponer de más presupuesto para destinarlo a esta actividad.

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