Desde octubre los autónomos tendréis que realizar vuestros trámites por el Sistema RED

Publicado en Autónomos por el 25 septiembre, 2018 0 Comentarios

Desde el 1 de octubre los autónomos realizaréis vuestros trámites por vía electrónica, incluso la recepción y firma de notificaciones.

La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo, que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social  establece la obligatoriedad para los trabajadores por cuenta propia o autónomos de incorporarse a dicho Sistema.

Para cumplir con esta obligación puedes optar por gestionar tus trámites a través de un autorizado Red o bien directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

Esta Orden Ministerial establece la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Obligatoriedad que se extiende también a la recepción de las notificaciones, por lo que para tu consulta y firma deberás acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.

A partir del 1 de octubre

La Orden Ministerial fijaba un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor, el pasado 1 de marzo, por tanto, la obligación se hará efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados, y no se efectuará notificación previa sobre la obligación por correo postal.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales podrás realizar tus gestiones:

  • El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos): A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.
  • La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS): Como trabajador autónomo puedes realizar directamente tus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

Servicios que te ofrece la TGSS en la SEDESS

Puedes gestionar trámites relacionados con la afiliación y la cotización a la Seguridad Social:

  • Cursar el Alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia. Puedes comunicar tu alta hasta 60 días naturales previos al inicio de tu actividad.
  • Cursar la Baja en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.  Puedes comunicar tu baja en los tres días naturales siguientes al cese de actividad.
  • Formular el cambio de base de cotización. Puedes solicitar cuatro veces en el año natural el cambio de base de cotización.
  • Modificar la actividad. Puedes comunicar cualquier cambio de actividad como autónomo.
  • Solicitar la modificación, para el año siguiente, de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y Mutua, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Cursar la variación de datos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Además, desde la SEDESS puedes obtener determinados informes y certificados con validez legal frente a terceros

  • Duplicado de la resolución del alta o de la baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
  • Informe o consulta sobre las bases de cotización y las cuotas ingresadas en el Régimen.
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Informe de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

La SEDESS dispone de otros servicios que te permiten realizar gestiones sin necesidad de desplazarte a las oficinas de la Seguridad Social como:

  • Duplicado de documento de afiliación.
  • Tu informe de vida laboral.
  • Acceder a tu informe de bases de cotización.
  • Domiciliar el pago de cuotas a la Seguridad Social
  • Cambiar tu domicilio.

Notificaciones

A través del Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones se podrá acceder a consultar y firmar las notificaciones de los actos administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Entre los actos notificados a través del Servicio de Notificaciones Telemáticas, se encuentran los siguientes:

Los del procedimiento recaudatorio: reclamaciones de deuda y providencias de apremio; actos del procedimiento de apremio por cuotas, conceptos de recaudación conjunta y otros recursos, con los recargos e intereses correspondientes; actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social, y actos del procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social. También los actos de los procedimientos sobre moratorias y diferimientos o las resoluciones de la Tesorería General sobre actas de liquidación, imposición de sanciones e impugnaciones, entre otras.

 

 

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