Mi empresa tiene las Contingencias Comunes con una Mutua. Si estoy enfermo, ¿qué tengo que hacer?

Publicado en Trabajadores por el 3 mayo, 2017 0 Comentarios

Baja por enfermedad comúnSi tu empresa tiene protegidas las Contingencias Comunes de sus trabajadores con una mutua, es decir, cuando padeces un accidente o enfermedad no laboral, lo que tienes que hacer es acudir al Servicio Público de Salud donde recibirás la asistencia sanitaria que requieras.

Si debido al accidente o enfermedad común no puedes trabajar, tu médico de cabecera te dará un parte de baja que tendrás que remitir a tu empresa una copia en un plazo de tres días y ésta informará a la mutua.

Mientras la baja se mantenga, el médico de cabecera deberá emitir un parte médico de confirmación de la baja que deberás presentar a la empresa. En el caso de que tu relación laboral con la empresa se hubiese extinguido estando de baja por contingencias comunes, serás tú mismo quien tendrás que presentarlo directamente en la mutua.

El parte médico de alta será expedido por tu médico de cabecera y tendrás que presentarlo dentro de las 24 horas siguientes a tu empresa o, como hemos comentado anteriormente, en el caso en que tu relación laboral con la empresa se hubiese extinguido durante la situación de baja, deberás entregarlo en 24 horas a la mutua.

Cuando estés impedido para acudir al trabajo y recibas asistencia sanitaria entrarás en el proceso denominado Incapacidad Temporal (IT). La incapacidad temporal es la situación en la que te encuentras cuando estás temporalmente incapacitado para trabajar y precisas asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Por este motivo, tendrás derecho a percibir una prestación económica (subsidio económico) destinada a paliar la ausencia de salario debido a la imposibilidad de trabajar.

Tu mutua se ocupará de gestionar la incapacidad temporal y por tanto se encargará del seguimiento y control de tu estado de salud, sin perjuicio de las competencias que corresponden a los servicios públicos de salud en materia sanitaria. Contactará contigo para interesarse por tu estado de salud y tratar de colaborar en tu restablecimiento, poniendo a tu disposición todos los medios con los que cuentan para tratar de agilizar la realización de pruebas diagnósticas de manera que puedan ayudarte a curarte antes y puedas reincorporarte al ámbito laboral en las mejores condiciones.

A partir del día 16º de baja médica, tu mutua se encargará también del pago del subsidio económico.

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